Como todos sabemos, hace ya 40 años que Patria Roja es el movimiento de la protesta callejera perpetua. Joden con los maestros, joden en provincias, todo el día joden. Bueno, en las elecciones regionales pasadas, Pasco eligió al dirigente "perro" (así les dicen a los de Patria Roja por las iniciales) Félix "Trueno" Rivera como presidente regional. Como Pasco es minero por excelencia, estos años ha recibido un canon interesante debido a los altos precios de los minerales. Bueno, resulta que Pasco es la antepenúltima región en ejecutar presupuestos.
De S/.274 millones disponibles este año para invertir, sólo lleva gastados S/.24 millones a la fecha. Y el año pasado también sobró el 80% del dinero y está aparcado en el Banco de la Nación. Después estos inútiles de Patria Roja tienen el cuajo de generar asonadas por reclamos en Arequipa (sucursal FACA), Andahuaylas (sucursal FEDRA), Ayacucho (sucursal Frente Regional), etc... Esa es la izquierda peruana: una sarta de gritones que no valen nada. ¡Los pasqueños deberían tomar las calles en protesta contra "Trueno"! O como ese Fuentes de Puno, que tiene las vacunas contra la neumonía y los niños se mueren allá como moscas porque no se las aplican.
- Un amigo me escribe lo siguiente: "Aldo, hace poco descubrí que estaba mal inscrito el metraje del depa que compré hace no mucho y le encargué a mi tramitador que me averigüe qué tenía que hacer para poner las cosas en orden. Te adjunto el número kafkiano de requisitos que uno tiene que cumplir para algo tan sencillo. Es demencial y disuade al 99% de propietarios de formalizar cualquier situación. Con razón este país está así y seguramente hasta para hacer un rompemuelles se tienen que llenar mil papeles, cumplir SNIP, ir al MEF, etc...
Requisitos: Incluir el cambio como un punto más de agenda de la reunión de la Junta de Propietarios/Planos de ubicación y perimétricos del inmueble/Memoria descri-ptiva del inmueble suscrita por arquitecto o ingeniero civil inscrito en el índice de verificadores a cargo de la Sunarp o del R.P.U., según sea el caso/Declaración Jurada de Autoavalúo del último ejercicio, con el recibo de pago por el impuesto predial de todo el año/Notificación personal al anterior propietario, al titular registral, al titular del registro municipal predial, a los propietarios u ocupantes de los predios colindantes/Publicaciones por tres veces, con intervalo de 3 días en El Peruano y en otro de mayor circulación local/Cartel en la parte más visible del inmueble/Anotación preventiva en la partida registral del predio/Acta de presencia/Descri-pción y características del inmueble/Posesión pacífica y pública/Manifestación de los ocupantes de los predios colindantes/Hacer declaratoria/Vencido el plazo de 25 días hábiles no debe haber oposición de terceros/Se redacta un acta de notoriedad/Se acredita la posesión con los documentos presentados/Se acredita la posesión con los hechos verificados/Se declara el saneamiento del área y linderos del inmueble/Se protocoliza el acta/Procedimiento judicial que se tramita por el procedimiento judicial previsto en los artículos 504º y siguientes del Código Procesal Civil (toda rectificación que suponga superposición de áreas o linderos, o cuando surja oposición de terceros) / Si, durante la tramitación de cualquiera de los procesos indicados en los incisos b y c precedentes, se produjese acuerdo entre los propietarios, podrá otorgarse la escritura pública a la que se refiere el inciso a, dándose por concluido el proceso iniciado".
¡Plop! Aquí simplemente el propietario acreditado debería citar a un inspector municipal y otro de Sunarp para que vayan al predio, contrasten con los planos y levanten un acta común. Se comunica ésta a los vecinos con un aviso interno y a terceros externos con un aviso en El Peruano, se hace la modificación en registros y listo.
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